SEÑOR JUEZ DE
GARANTÍAS DE LO CIVIL DE PICHINCHA
Yo, Katia María Hidrobo Nasevilla,
de 27 años de edad, ecuatoriana, de
profesión auditora, portadora de la cedula de ciudadanía No.173531370-2, de
estado civil casada, con. Marlon Ricardo Cueva Peñaranda, de profesión ingeniero
en sistemas, con quien contraje matrimonio en la Ciudad de San Francisco de
Quito, Distrito Metropolitano, el 20 de Mayo del 2007, y que se encuentra inscrito
en el Registro Civil, del mismo cantón, en el Tomo 20-07 Pág. 180, Acta No.99, del
libro de matrimonios del año 2007. Partida que adjunto a la presente demanda
para su verificación.
Mi domicilio se encuentra en la
parroquia de Cumbayá, urbanización Santa
Lucia Alta, sector San Juan de Cumbayá, en la casa de nomenclatura S2-422, la
cual compartimos con mi esposo desde que nos casamos, ubicado en la calle Juan
León Mera y Raúl Pérez, desempeño mi profesión en el cargo de Directora
Financiera de una institución bancaria de este cantón.
De esta unión de matrimonio no hemos
procreado hijos hasta la fecha ni bienes inmuebles, estando domiciliada en esta
ciudad, ante usted comparezco muy
respetuosamente y presento la siguiente DEMANDA DE DIVORCIO, verbal sumaria, la
misma que lo hago en los siguientes términos:
Durante los
primeros meses de nuestro matrimonio
puedo manifestar que transcurrieron sin mayor dificultad entre mi esposo y yo,
sin graves problemas de ninguna naturaleza.
Ocurre señor
Juez que a partir del noveno mes de
nuestro matrimonio, como era nuestra
costumbre, un día viernes yo esperaba que llegará mi cónyuge a la casa que compartíamos,
después de nuestras respectivas jornadas de trabajo, pero sucedió que él no llego a su hora acostumbrada,
como no era una actitud habitual en su comportamiento yo me encontraba muy tensa y preocupada, situación que hizo que me comunique varias
veces a su celular y así mismo con nuestros familiares cercanos y amistades, comunicándoles
sobre este particular, luego salí a buscarlo en una barra que frecuentamos en
ocasiones y tampoco estuvo en ese lugar, ni en otros conocidos por mí.
Ya siendo la
madrugada del día Sábado y sin haber podido dormir por la intranquilidad de su desaparición,
llega mi cónyuge con olor a bebida alcohólica y sin darme una justificación razonable
sobre este acto. Yo con el derecho que me asiste ser su legítima esposa, como
una actitud lógica, le pido una explicación de esta mala acción der su parte y
que él nunca me la dio.
Y resultado de
este acto, desde aquel momento hasta la fecha, nuestro matrimonio se ha venido
deteriorando considerablemente, llegando a insultarme con frases como: eres una
amargada, déjeme en paz soy hombre y no necesita que me cuiden, me ofende cada vez
que puede verbalmente, por teléfono, correo electrónicos y redes sociales(documentos
que adjunto a la presente) y ha llegado al colmo de empujarme en varias ocasiones,
además de todo tipo de vejámenes-satíricos, en mi contra, hechos que me han
llevado a temer por mi integridad física y emocional, por lo cual realice una denuncia
ante la Comisaria Cuarta de la Mujer y la Familia de Quito, expediente q anexo
a la presente demanda.
Por no afectar
mi matrimonio he aguantado toda sus malas acciones, pero él no hace nada por
reparar sus faltas o buscar ayuda que nos conduzca a resolver nuestras
diferencias, a pesar de mis múltiples insistencias, por lo que ya no estoy dispuesta
a continuar, con esta vínculo matrimonial, el cual ya no cumple su función, a causa de los diario disgustos y desacuerdos
que tenemos en común, que siempre son propiciados por la actitud
hostil de mi cónyuge.
Es por lo expuesto en párrafos anteriores
que acudo ante su autoridad competente
en esta materia civil, y de su fuero para que se me haga justicia, de acuerdo a
las leyes ecuatorianas y se dé por terminado el matrimonio que mantengo con mi cónyuge
Marlon Ricardo Cueva Peñaranda, por el DIVORCIO.-
TRÁMITE:
Será el previsto en el Art.-110,
causal 3ª. Del Código Civil.
[…] Injurias graves o actitud
hostil que manifieste claramente un estado habitual de falta de armonía de las
dos voluntades en la vida matrimonial;[…] de este cuerpo legal en vigencia, además
de los artículos 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 128 y 130 de este
mismo cuerpo legal.
CITACIONES
Al señor MARLON RICARDO CUEVA PEÑARANDA, se lo citara con la presente
demanda, en el domicilio parroquia de Cumbayá,
urbanización Santa Lucia Alta, sector San Juan de Cumbayá, en la casa de
nomenclatura S2-422, de calles Juan León Mera y Raúl Pérez, del Distrito
Metropolitano de Quito, así mismo deberá notificar casillero judicial; y sin
prejuicio de ser citado en el lugar que oportunamente indicaré el señor
actuario.
NOTIFICACIONES
En cuanto a las notificaciones
que me correspondan recibir serán en el casillero judicial. Nro.998 de la
Doctora, Verónica Alejandra Ortiz Pérez, profesional del derecho a quien autorizo
para que intervenga en mi representación con basta atribución y de acuerdo con
la ley y lo que dispone el Art.- 44 del Código de Procedimiento Civil.
Para lograr el resultado a mi
favor de todo lo expuesto.
Así mismo adjunto documentos de Leyes
Dígnese proveer:
Quito D.M, a, 01 de Febrero del 2013
Para mayor constancia firmo en conjunto con mi Abogada
defensora
F: Demandante; F:
Abogada